viernes, 4 de octubre de 2013

CONATEL y los circuitos radioeléctricos venezolanos

Rafael Gianni - YV5RED

Luego de que mi persona objetara ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de la República Bolivariana de Venezuela (CONATEL) mediante documento presentado el 29 de enero de 2013 las transmisiones de radiocomunicaciones aficionadas llevadas a cabo en nuestro país en los días 23, 24 y 25 del mes marzo de 2012 y con motivo de su participación en la competencia radioeléctrica-aficionada de carácter internacional denominada CQ WW WPX SSB 2012 por los ciudadanos venezolanos Juan Manuel Hernández, titular de las siglas YV5JBI e YW5T; Jhonny Aldana, titular de las siglas YV5KG; y José Azpurua, titular de las siglas YV5JF; he recibido por parte del organismo público la tan esperada respuesta oficial con respecto a este asunto.


En oficio DG/GGO/GST N° 1896 de fecha 01 de octubre de 2013, dirigido al ciudadano Rafael Gianni Zurita y firmado por el Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Pedro Rolando Maldonado Marín (según Decreto N° 7.591 del 28 de julio de 2010, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.479, de fecha 3 de agosto de 2010), se detalla lo siguiente:

-Cita-

"...En tal sentido, le informo que en el marco legal vigente en materia de Radioaficionados (Reglamento sobre el Servicio de Radioaficionados e Instructivo  Técnico Administrativo para la Administración, Instalación y Operación del Servicio de Radioaficionados), no se establece que en las comunicaciones realizadas con equipos portátiles y/o fijos en los circuitos radioeléctricos distintos a los autorizados a los Radioaficionados, estos deban identificarse con algún tipo de indicativo especial por encontrarse ubicado fuera de su circuito radioeléctrico. Sin embargo, no es impedimento que se indique adicional a su indicativo de llamada el circuito desde el cual se encuentra generando la comunicación.

Adicionalmente, le informamos que debido a estas y otras recomendaciones sobre el particular realizadas por distintos Radioaficionados, se está evaluando incluir una regulación al respecto en las posibles modificatorias que se pudieran estar realizando al marco legal vigente que regula la materia..."

-Fin de cita-


Finalmente deseo expresar por esta vía mi agradecimiento en primer término, al Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), Pedro Rolando Maldonado Marín y en segundo, al Ing. E. Rojas (Gerente de Gestión de Servicios de Telecomunicaciones) y al Ing. Javier Álvarez (División de Planificación y Administración del Espectro Radioeléctrico), quienes dieron respuesta al procedimiento en cuestión. Les ratifico que seguiré colaborando con el ente regulador de las telecomunicaciones en Venezuela como lo he venido haciendo desde el año 2004, cumpliendo con lo establecido en el marco legal vigente.

Aunque el ente regulador de las telecomunicaciones en nuestro país, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), a través de oficio firmado por su Director Pedro Rolando Maldonado Marín, ha reconocido que existe un vacío legal en cuanto a la identificación del circuito radioeléctrico correspondiente cuando las transmisiones radioeléctricas se realizan fuera del circuito asignado a un indicativo, y se informa adicionalmente que, debido a diversas recomendaciones que sobre el particular han realizado distintos radioaficionados se está evaluando incluir una regulación al respecto en las posibles modificatorias que se pudieran estar realizando al marco legal vigente que regula la materia, pido a los colegas Juan Manuel Hernández, titular de las siglas YV5JBI e YW5TJhonny Aldana, titular de las siglas YV5KG; José Azpurua, titular de las siglas YV5JF; acepten mis más sinceras excusas por los inconvenientes causados.