Brexit y radioafición YV

Rafael Gianni - YV5RED


23 de junio, 2016: día en el que Reino Unido dijo adiós a la Unión Europea mediante referéndum. Es la primera vez que un estado miembro toma la decisión de separarse del bloque europeo.


¿Cómo este hecho histórico nos afecta?

Venezuela es firmante junto con otros países de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) de,

1.- Resolución AG/RES.1947 (XXXIII-O/03) suscrita entre las administraciones de la Conferencia Europea   de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones CEPT (Conférence Européennne des Administrations des Postes et des Télécommunications) y los países firmantes del Convenio Interamericano sobre el Servicio de Radioaficionados que fue adoptado en Lima, Perú en 1987 durante la Quinta Conferencia Interamericana de Telecomunicaciones [CITEL/RES.130 (V-87)] y modificado en la Primera Reunión Extraordinaria de la CITEL en 1988 [CITEL/RSW.141 (I/E-88)].

2.- Tratado A-67: Protocolo de Modificaciones al Convenio Interamericano sobre el Permiso Internacional de Radioaficionado, adoptado en Santiago de Chile, en fecha 06/10/2003, en la reunión Trigésimo tercero período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuya entrada en vigor fue el trigésimo día a partir de la fecha en que dos Estados hayan pasado a ser partes del mismo, y cuyo depositario del texto es la Secretaría General de la OEA y Depositario de Instrumentos de Ratificación y/o Adhesión es de igual forma la Secretaría General de la OEA; en donde los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belize, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Kitts y Nevis, Santa Lucía, St. Vicente & Grenadines, Suriname, Trinidad & Tobago, Uruguay y Venezuela) considerando, que la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) permite a los titulares de la licencia de radioaficionados CEPT de los países miembros de la CEPT que aplican la Recomendación T/R 61-01 de la CEPT, situación en julio 2002 (Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania) y los países no miembros de CEPT que aplican la recomendación T/R 61-01 de la CEPT, situación en julio 2002 (Canadá, Estados Unidos, Israel, Nueva Zelanda, Perú, Puerto Rico y República Sudafricana).

Para los ciudadanos nacionales de Alemania, Canadá, España, Estados Unidos de América, Italia, Portugal, y Suecia; no es necesario aplicar para recibir el CEPT, ya que estas naciones cuentan con convenios de reciprocidad en materia de radiocomunicaciones aficionadas con Venezuela y los mismos están por encima del mencionado tratado multilateral CEPT-CITEL, pero deben seguir lo indicado en los numerales 2 y 3 de este artículo.

Licencia de Radioaficionado CEPT: aquella que, expedida por cualesquiera de los países miembros de la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) o por otros países que, conforme al procedimiento previsto, ha aceptado el uso de tal licencia, habilita al titular de la misma a operar con su estación de radioaficionado de forma temporal en el territorio de cualesquiera de los países anteriormente mencionados. Esta es similar en su cobertura y propósito al Permiso Internacional de Radioaficionado (IARP) que otorgan y reconocen los Estados partes del Convenio Interamericano sobre el Permiso de Radioaficionados (Convenio sobre el IARP) - véase Resolución AG/RES.1947 (XXXIII-O/03) suscrita entre las administraciones de la Conferencia Europea   de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones CEPT (Conférence Européennne des Administrations des Postes et des Télécommunications) y los países firmantes del Convenio Interamericano sobre el Servicio de Radioaficionados que fue adoptado en Lima, Perú en 1987 durante la Quinta Conferencia Interamericana de Telecomunicaciones [CITEL/RES.130 (V-87)] y modificado en la Primera Reunión Extraordinaria de la CITEL en 1988 [CITEL/RSW.141 (I/E-88)] y Tratado A-67: Protocolo de Modificaciones al Convenio Interamericano sobre el Permiso Internacional de Radioaficionado, adoptado en Santiago de Chile, en fecha 06/10/2003, en la reunión Trigésimo tercero período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA).

La Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones es un foro de organismos de regulación y políticas de las telecomunicaciones independiente de la Unión Europea; en consecuencia, la salida del Reino Unido de la UE no afectará de ninguna manera los convenios internacionales suscritos por nuestro país: IARP-CITEL/CEPT.

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