Comiso de equipos y radioafición YV

Rafael Gianni - YV5RED 


Presione aquí para consulta de indicativos de radioaficionados (CONATEL-POER), Venezuela


En ocasiones, los radioaficionados en Venezuela somos protagonistas y/o testigos de lo que se conoce legalmente como el 'Comiso de Equipos y/o Implementos de Radiocomunicaciones', llevado a cabo por alguna autoridad nacional, estadal o municipal, por la presunción de violación de alguna norma referente al marco legal que rigen la materia en nuestro país.

La mayoría de las veces, estos procedimientos se hacen por desconocimiento de la ley relativa a las telecomunicaciones en Venezuela.

En todo caso, debemos estar atentos y conocer lo concerniente a este tipo de actuaciones.

Si a usted como radioaficionado y como ciudadano, en algún momento y en cualquier parte del país le practican este tipo de intervenciones, debe considerar lo siguiente:

1.- Tener Permiso de Operación de Estaciones de Radioaficionados (POER) emitido por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y presentarlo a los funcionarios junto con su cédula de identidad o pasaporte.

2.- Colaborar en todo momento con los funcionarios que estén realizando el procedimiento y prestar el apoyo necesario para que puedan llevar a cabo su función.

3.- Si los funcionarios de la autoridad respectiva deciden llevar a cabo el 'Comiso de Equipos y/o Implementos de Radiocomunicaciones' que usted posea en ese momento, debe tener en cuenta lo siguiente:

a.- Deberán levantar el acta respectiva describiendo los hechos y de igual forma tendrán que elaborar una 'Constancia de Retención sobre el Comiso de Equipos y/o Implementos' con los cuales se estaría cometiendo la presunta infracción y que constituirían objeto de la misma. En ella se deberá especificar las cantidades, calidades y demás menciones de lo retenido con la debida identificación de quien la realiza. Dicha constancia debe expedirse por duplicado y deberán firmarla el funcionario que practique la retención y el presunto infractor, a quién se le deberá entregar el original de la misma, anexándose en el expediente la copia respectiva.

4.- Una vez completado el proceso, el órgano que haya practicado el comiso deberá notificar mediante oficio a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) el procedimiento junto expediente y efectos incautados. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones en este caso, es el órgano competente para guardar los efectos retenidos en la forma que se determine al efecto, mientras se decida la procedencia y objeto del comiso, realizando las investigaciones técnicas y administrativas a que haya lugar.

5.- CONATEL deberá proceder legal y administrativamente, verificando si en efecto se cometió infracción o delito alguno que se le pudiera estar imputando y en consecuencia, que se dicte con o sin lugar, la medida de comiso.

6.- La Comisión Nacional de Telecomunicaciones deberá emitir 'Oficio de Notificación de Actuaciones' que resuelva el caso.

7.- Si el comiso es declarado 'sin lugar', el órgano competente tendrá que devolver al propietario los efectos que tenga en su poder, en el estado en que se hallen. En caso de pérdida, daño o deterioro de lo retenido por causa imputable al funcionario encargado de su custodia, el propietario tendrá derecho a ser indemnizado. 


Si usted como ciudadano y como radioaficionado es objeto de abusos  por parte de funcionarios de cualquier autoridad y practicas no apegadas al marco legal vigente en nuestro país, recomendamos:

1.- Tomar nota de los datos de los funcionarios respectivos y la autoridad de la cual forman parte y representan.

2.- Comunicarse 'in situ' e inmediatamente con el Ministerio Público, el cual dispone del número telefónico 0-800-FISCA-00 (0-800-34722-00) y realizar la denuncia respectiva.

3.- Pedir la asistencia de un abogado de su confianza.

4.- Contactar a una persona que solicite al apoyo de otros radioaficionados para que se trasladen al sitio donde se encuentre y sean testigos de la situación. Usted tiene ese derecho como radioaficioando y como ciudadano.


Fiscalías municipales del Ministerio Público escuchan a los radioaficionados.

Las fiscalías municipales tienen como fin ejercer la acción penal en los casos de faltas y delitos cuyas penas no excedan de 3 años en su límite máximo, cometidos en el municipio dentro del cual estos despachos ejerzan sus atribuciones. De esta manera, ante estas oficinas fiscales se pueden presentar las denuncias relacionadas. El Ministerio público además, dispone del número telefónico 0-800-FISCA-00 (0-800-34722-00) para canalizar los eventos que se desean reportar a nivel nacional.

El denunciante puede acudir también ante,

Fiscal General de la República: Oficina de Registro de Presentación de Documentos, ubicada en el piso 1 del edificio sede del Ministerio Público, esquinas de Misericordia a Pele El Ojo, avenida México, Caracas.

Fiscal Superior: en la fiscalía superior del estado donde se cometió el hecho punible.

Fiscal de Guardia en Sede: en una Sede del Ministerio Público o a la Fiscalía Superior del estado que corresponda.

Además, de la sede del Ministerio Público, los ciudadanos pueden consignar su denuncia en los órganos de policía de investigaciones penales correspondientes, tales como el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, policías estadales y municipales, Guardia Nacional Bolivariana.

Es importante destacar, que el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) refiere, en cuanto a la responsabilidad, que el denunciante no es parte del proceso, "pero si existe falsedad o mala fe en la denuncia, el que la comete será responsable conforme a la ley". Conviene precisar de acuerdo con el COPP, una vez interpuesta la denuncia por la comisión de un delito de acción pública, el fiscal del Ministerio Público ordenará, sin pérdida de tiempo, el inicio de la investigación.

Las Fiscalías Superiores son despachos dirigidos por el o la fiscal superior que tienen como competencia ejercer las funciones del Ministerio Público en la circunscripción judicial de cada uno de los 23 estados del país, así como en el Distrito Capital. Están adscritas a la Dirección de Fiscalías Superiores, dependencia que durante la actual gestión y en el marco del Plan Estratégico del Ministerio Público 2008-2014, estableció como objetivo general dirigir los lineamientos que coadyuven al cumplimiento de las atribuciones del Ministerio Público, en las distintas entidades situadas en el ámbito nacional. Tal objetivo lo logra mediante el apoyo, la coordinación, supervisión y control de las actividades realizadas por los fiscales superiores, coadyuvando a la consolidación de los objetivos estratégicos institucionales. Entre las funciones de los fiscales superiores  se encuentran el coordinar y supervisar las actuaciones de los fiscales en las jurisdicciones respectivas, así como la de asignar a los fiscales los casos que sean denunciados ante sus Despachos. Así mismo, tienen como atribución dirigir la Unidad de Atención a la Vícitma y la Oficina de Atención al Ciudadano, entre otras.

Haciendo click en el siguiente enlace podrán encontrar la ubicación de las fiscalías superiores en los diferentes estados a nivel nacional: Fiscalías Superios - Ministerio Público

Es nuestro deber brindar el debido apoyo, cooperación y colaboración a las autoridades competentes en el momento que nos sea exigido, pero no tenemos que aceptar la práctica de procedimientos no apegados a lo estipulado en las leyes, y que de esa manera, violen nuestros derechos como ciudadanos y como radioaficionados.



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